La instancia aprobó con modificaciones el texto remitido por el Senado, el cual ahora debe cumplir trámite en la Comisión de Hacienda.
La presidenta de la comisión, diputada Marisol Turres (UDI) explicó que se aprobó el proyecto (boletín 6499) pero con un texto muy diferente al remitido por el Senado, ya que se rechazaron muchas de las normas y se introdujeron modificaciones con el respaldo del Ejecutivo, que estuvo “muy abierto a aceptar estos cambios” y aumentar los presupuestos necesarios para financiarlo.
Por su parte, el diputado Enrique Accorsi (PPD), explicó que la idea era la regulación y tenencia responsable, pero se entregaban muchas atribuciones a las municipalidades sin aportar recursos, y estas normas fueron modificadas y espera que ahora tenga un trámite rápido tanto en Sala como luego en el Senado.
La iniciativa aprobada crea el Registro Nacional de animales potencialmente peligrosos de la especie canina, por razones de las características de su raza, tamaño o episodios anteriores de agresión, así como de los criaderos de este tipo de animales.
El texto establece que será responsable de las mascotas o animales de compañía su dueño o poseedor, quien responderá civilmente de los daños que pueda provocar. Sin embargo, se exceptuarán de las sanciones y responsabilidades, aquellos casos donde el ataque se produzca al interior de una propiedad debidamente cercada, cuando la persona dañada por el animal haya ingresado sin autorización del propietario o custodio, y/o cuando ésta estuviese perpetrando crimen o simple delito contra la persona o bienes del dueño o tenedor del perro.
La persona responsable de la mascota o animal, deberá atender el cumplimiento de su debida alimentación, cuidado, higiene y seguridad, de acuerdo a las normas que establecerá un reglamento del Ministerio de Salud. Asimismo, las municipalidades deberán dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en su territorio comunal, el cual no podrá permitir la utilización de métodos que admitan el sacrificio de animales como sistema de control de la población animal.
El proyecto también prohíbe el adiestramiento dirigido a acrecentar y reforzar la agresividad del animal, con la sola excepción de los perros pertenecientes a los organismos de las Fuerzas Armadas, Carabineros y Gendarmería. Asimismo, sanciona como maltrato y crueldad animal el abandono de animales, de acuerdo a la pena establecida en el artículo 291 bis del Código Penal, que corresponde a presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales.
La iniciativa corresponde a una moción de los senadores Guido Girardi, Carlos Ignacio Kuschel y Mariano Ruiz-Esquide, fue ingresada a trámite el 05 de mayo de 2009 y aprobada por el Senado el 02 de octubre de 2012.
Fuente: Cámara de Diputados
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